Veox adapta a la GDPR su solución de Wi-Fi Embarcado

Garantiza a las compañías de autobuses y autocares que sus clientes podrán conectarse con la seguridad de que sus datos estarán protegidos.

Publicado el 02 Oct 2018

Veox adapta a la GDPR su solución de Wi-Fi Embarcado

Veox Sistemas y Movilidad, empresa que ofrece soluciones tecnológicas de movilidad para el sector del transporte de pasajeros, ha adaptado su solución de WIFI Embarcado para autobuses y autocares al nuevo Reglamento General para la Protección de los Datos(GDPR por sus siglas en inglés), con el fin de garantizar la seguridad de la información de sus usuarios.

La compañía ha adecuado la pasarela de acceso al servicio Wi-Fi del vehículo, de forma que las compañías de transporte de personas puedan cumplir con la normativa sin fisuras.

Desde que entró en vigor la normativa europea de protección de datos el pasado 25 de mayo, es necesario que los routers o dispositivos Wi-Fi embarcados en los vehículos sean modificados o reconfigurados para cumplir el reglamento, debido a que mediante las redes inalámbricas es posible obtener o monitorizar los datos de los viajeros.

“Es imprescindible, tanto para nosotros como para nuestros clientes, que nuestra solución cumpla con la normativa RGPD”, afirma Aroa Carcavilla, Project Manager WIFI de Veox. “Incumplir la ley puede suponer multas cuantiosas, por lo que creemos que es nuestra obligación facilitar a las empresas de transporte de pasajeros servicios de conectividad Wi-Fi para sus pasajeros con todas las garantías legales”.

La actualización RGPD en la solución WIFI Embarcado de Veox también supone una mejora del servicio, al garantizar a las compañías de autobuses y autocares que sus clientes podrán conectarse con la seguridad de que sus datos estarán protegidos.

Aunque algunos de los principios clave de las leyes anteriores sobre protección de datos permanecen en el nuevo reglamento, hay una serie de nuevos requisitos que las empresas deben verificar para ponerse al día. Las multas por incumplimiento son significativas, las más graves alcanzan los 20 millones de euros o el 4% de la facturación, la cantidad que sea mayor.

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Redacción RedesTelecom

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