Proteger a los usuarios frente a las tarificaciones adicionales

El Gobierno modificará la Orden ministerial de 14 de febrero de 2002 para que las operadoras informen en las facturas sobre la identidad del prestador del servicio de tarificación adicional.

Publicado el 24 Jun 2004

Los servicios de tarificación adicional estarán más controlados a partir de ahora, al menos desde el punto de vista legislativo.

El primer paso en este sentido lo acaba de dar el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio al anunciar la puesta en marcha de medidas para proteger a los usuarios de dichos servicios ante los fraudes ocurridos al amparo del actual funcionamiento de los servicios de tarificación adicional.

Recordemos que estos servicios son aquellos que conllevan, además del pago por la llamada telefónica de voz o datos, una retribución al abonado llamado, habitualmente en concepto de suministro de información de tipo profesional, de entretenimiento o para adultos.

Desde el Ministerio reconocen que últimamente “se ha venido observando prácticas que generan confusión para los usuarios y han aumentado significativamente el número de reclamaciones relacionadas con precios excesivos, contenidos indeseados, ausencia de información o llamadas realizadas sin el consentimiento del abonado.

Ante este panorama, el Gobierno ha optado por modificar la Orden ministerial de 14 de febrero de 2002 (Orden PRE/361/2002) al amparo de la cual se prestan la mayoría de estos servicios. La nueva Orden introduce mejoras para garantizar la protección de los derechos de los usuarios como son: disponer que el acceso a los servicios de tarificación adicional vocales de precio superior a 1 euro y los que se presten a través del código 907 requerirán de una solicitud previa y firmada de los usuarios a su operador de acceso. En segundo lugar, se reconoce el derecho del abonado a la desconexión gratuita de estos servicios, para ello deberá solicitarla a su operador, quien la llevará a efecto en el plazo máximo de diez días. Además, contempla la obligación de los operadores de garantizar el suministro de información mediante una locución de 20 segundos sobre el precio, tipo de servicio y titular del mismo, antes de empezar a facturar como tarificación adicional.

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Redacción RedesTelecom

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