Internet ya es un servicio universal de telecomunicaciones

Tras la publicación de la LSSI en el BOE, Internet ya es considerado un servicio universal, sin embargo el texto de la conocida como Ley de Internet no será efectivo hasta el 13 de octubre.

Publicado el 15 Jul 2002

Desde el pasado sbado, y tras la publicacin en el BOE de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Informacin y de Comercio Electrnico (LSSI), Internet ya es un servicio universal de telecomunicaciones.
Los apartados relativos al sistema y tasas de asignacin del dominio .es, as como el plan para sustituir progresivamente las lneas telefnicas rurales de acceso celular (TRAC) por otras tecnologas que permitan el acceso a la Red tambin han entrado en vigor, mientras que el texto de la conocida como Ley de Internet no ser efectivo hasta el 13 de octubre.

El motivo de dicha particularidad es que el texto aprobado por el Pleno del Congreso el pasado 27 de junio, con los votos de apoyo del PP, Convergencia i Uni y Coalicin Canaria, inclua una disposicin final que sealaba que determinados aspectos de la LSSI entraran en vigor al da siguiente de su publicacin, mientras que el resto lo hara a mediados de octubre, nueve meses despus del plazo establecido en directiva comunitaria 2000/31/CE sobre comercio electrnico para su incorporacin a las legislaciones nacionales.

La problemtica de las lneas de telefona rural de acceso celular (TRAC), que impide a cerca de 250.000 abonados acceder a Internet, deber resolverse rpidamente puesto que con la LSSI se modifica la Ley General de Telecomunicaciones para que, bajo el concepto de servicio universal, el acceso a la red telefnica pblica y fija permita transmitir voz, datos y fax a una velocidad suficiente, circunstancia que no ser produce con las lneas TRAC.

En este sentido, Telefnica tendr que presentar al ministerio de Ciencia y Tecnologa antes del 13 de diciembre, para su aprobacin en el plazo de un mes, un plan de actuacin detallado para que los abonados a lneas TRAC puedan acceder a Internet.

Por otro lado, y en cuanto al sistema de asignacin de los dominios .es, las disposiciones que entrarn en vigor maana tienen como finalidad regular los principios inspiradores del sistema de asignacin de nombres de dominio .es, conjugando los principios de vinculacin con el territorio espaol y de proteccin de derechos preexistentes con los de flexibilidad.

Tambin se contempla la creacin de un sistema de resolucin extrajudicial de conflictos –que permita solucionar de manera rpida y eficaz las disputas que puedan surgir por la utilizacin de los nombres de dominio, sin excluir el derechos de las partes a la tutela judicial efectiva–, as como un mecanismo ms flexible para la determinacin de la cuanta de la tasa por asignacin del recurso limitado de nombres y direcciones de Internet.

A grandes rasgos, la LSSI afectar a los proveedores de servicios de la Sociedad de la Informacin radicados en Espaa y cuyas actividades tengan una finalidad econmica. Adems de regular tambin los juegos de azar online, equipara la validez de los contratos celebrados por va electrnica a los realizados en la vida real y establece sanciones de hasta 600.000 euros para las infracciones consideradas muy graves.

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Redacción RedesTelecom

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