La CMT ha decidido aceptar las participaciones directas e indirectas del grupo Vodafone en los operadores de telefonía Airtel y Xfera, afirmando que se ajustan a las limitaciones y restricciones establecidas en la actual legislación.
La comisión ha comprobado que Vodafone, que participaba en un porcentaje superior al 3 por ciento, simultáneamente en Airtel (91 por ciento) y en Xfera (7 por ciento) a través de Mannesmann, ya no lo hace.
Y es que, Vodafone, que no podía ejercitar sus derechos de voto por encima del 3 por ciento al participar en dos operadores, ha optado por ejercer con plenitud sus derechos sociales en Airtel y limitarlos en Xfera, renunciando así a nombrar representantes en los órganos de administración de esta última.
Xfera, por su parte, ha adoptado las medidas necesarias para hacer que se cumpla esta resolución que restringe la actuación de Vodafone dentro de la compañía.
Por su parte, la CMT, tras haber comprobado estos extremos, ha decidido cerrar el periodo de información previa y no abrir otro procedimiento.
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de Telefónica contra la sanción de 450 millones de pesetas impuesta por la CMT.
La Comisión declaró a Telefónica responsable de incumplimiento de la resolución de la CMT relativa a la adopción de medidas cautelares en expediente abierto en relación con las solicitudes de intervención presentadas por RSL Communications Spain y BT Telecomunicaciones, por lo que impuso la sanción antes mencionada.
Asimismo, y con posterioridad, tanto BT como RSL COM presentaron sendas denuncias contra Telefónica por incumplimiento de la resolución de la CMT, debido a la imposición por parte de la compañía que dirige Cesar Alierta a estos dos operadores de un cupo máximo diario de 20 solicitudes en la tramitación de la preselección, cuando en la elaboración de la Circular se había desechado la posibilidad de limitar el cupo de solicitudes de preasignación.