El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de ley orgánica para garantizar la protección de los derechos de los menores en el ámbito digital, en especial el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, así como la protección de sus datos personales y el acceso a contenidos adecuados para su edad. Un texto que se remitirá a los órganos consultivos para que emitan sus informes preceptivos y que el Ejecutivo tiene previsto enviar a las Cortes después del verano.
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Principales líneas de actuación
Félix Bolaños, ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, ha destacado que la futura ley contiene medidas para la prevención y formación en competencias digitales de los menores, sus familias y de los profesionales que tienen contacto con ellos, como los docentes y los sanitarios. Además, incluye modificaciones en el Código Penal para tipificar determinados delitos que se cometen en el entorno tecnológico y refuerza el control parental y verificación de la edad de las personas que acceden a las web y a las redes sociales.
Asimismo, el ministro ha detallado que los poderes públicos estarán obligados a hacer campañas de sensibilización sobre los derechos de los menores en el ámbito digital y los riesgos asociados a este entorno. Impulsarán espacios de encuentro donde los menores puedan desarrollar actividades lúdicas y de ocio saludable, al margen de los entornos digitales y las redes sociales.
En el ámbito sanitario, la norma incluye medidas para la detección precoz, la prevención y la atención especializada de menores con patologías relacionadas con el uso inadecuado de herramientas digitales. En el ámbito educativo se fomentará la educación en ciudadanía digital, alfabetización mediática, privacidad, protección de datos y propiedad intelectual.
Adaptación del marco legal frente a nuevas modalidades delictivas
Bolaños ha remarcado que la norma modificará el Código Penal para poder sancionar, incluso desde el punto de vista penal, las conductas inapropiadas que se están produciendo en el entorno digital.
Le futura ley tipifica como delitos los ‘deep fakes pornográficos’, es decir, la difusión de imágenes o audios que puedan parecer reales, pero han sido generadas por inteligencia artificial u otras tecnologías y simulan situaciones de contenido sexual o vejatorias, sin autorización del afectado. También tipifica como delitos el “grooming” o engaño a menores en línea y la difusión de material pornográfico a menores.
El texto regula asimismo el alejamiento online para que los agresores condenados no puedan contactar con la víctima por medios digitales.
Obligaciones para las empresas del sector tecnológico
A principios de marzo el Gobierno se reunió con las principales empresas tecnológicas que operan en España y les propuso colaborar en la aplicación de medidas para proteger a los menores en el entorno digital.
La futura ley establece que los fabricantes deberán asegurar que los dispositivos digitales cuenten con control parental activado por defecto y con un etiquetado informativo sobre sus riesgos
Así, la futura ley establece que los fabricantes deberán asegurar que los dispositivos digitales cuenten con control parental activado por defecto y con un etiquetado informativo sobre sus riesgos. Del mismo modo, tendrán que implementar sistemas de verificación de edad efectivos.
Félix Bolaños ha añadido que las plataformas de intercambio de videos deberán tener un enlace directo al canal de denuncias y a los sistemas de control parental accesibles para cualquier usuario. La norma prohíbe el acceso de los menores de edad a mecanismos aleatorios de recompensas de pago en videojuegos y plataformas (loot boxes) y obliga a los ‘influencers’ a sumarse a las medidas de protección a menores. Además, eleva de 14 a 16 años la edad mínima a la que se pueda dar consentimiento al tratamiento de datos personales.