Modificaciones de la LGTel tras la aprobación de la LMISI

Publicado el 11 Feb 2008

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Como se indica en su preámbulo, esta Ley se enmarca en el conjunto de medidas que constituyen el Plan 2006-2010 para el desarrollo de la Sociedad de la Información y de convergencia con Europa y entre Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas, Plan Avanza, aprobado por el Gobierno en Noviembre de 2005.
Si bien el objeto fundamental de esta Ley se dirige a introducir ciertas innovaciones en materia de facturación electrónica y promover el impulso de la sociedad de la información, con modificaciones a la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y a la Ley 59/2003 de firma electrónica, también aprovecha para introducir ciertas modificaciones en la Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones que no deben pasar desapercibidas.
En primer lugar se amplía el concepto de servicio universal, uno de los pilares básicos de la normativa de telecomunicaciones. Por un lado, en el artículo relativo al derecho de todos los ciudadanos a obtener una conexión a la red telefónica pública desde una ubicación fija, se incluye, como novedad, que la conexión deberá permitir comunicaciones en banda ancha. Por otro lado, en el artículo relativo a la existencia de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago, se añade que exista una oferta suficiente de equipos terminales de acceso a Internet de banda ancha. Eso sí, en ambos casos será “en los términos que se definan por la normativa vigente”, es decir, habremos de esperar a su desarrollo normativo para saber en qué se concretan estas nuevas facilidades incluidas en el servicio universal.

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Redacción

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